
2019: ¿El apocalipsis fiscal para personas físicas?
ESTIMADO LECTOR:
En esta ocasión, no quiero ser alarmista, pero creo que en este mundo en que vivimos los cambios ocurren con tal celeridad que en ocasiones no alcanzamos a tomar en cuenta su impacto: tal es el caso de algunos temas sobre el SAT (Sistema Administrativo Tributario) que hoy trataremos en este espacio con algunas interpretaciones:
1.- MÁS EN SERIO, QUE EN SERIO
(Apocalipsis Fiscal 2019).
¡El SAT podrá realizar auditorías por los últimos cinco años, 2014 a 2018 a los Contribuyentes como Personas Físicas.
2.- IR A LA SEGURA.
La Autoridad irá en esta ocasión a la segura a liquidar créditos Fiscales omitidos por Contribuyentes Personas Físicas, ya que antes de 2014, la autoridad perdía muchos litigios fiscales pues las liquidaciones de Créditos Fiscales estaban sustentada en Declaraciones Informativas de Terceros.
3.- 2014. JAQUE MATE A SITUACIÓN FISCAL DE PERSONAS FISICAS:
(Emisión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para todos y cada uno de los ingresos).
A partir de 2014, la autoridad solicitó vía reforma de la Ley de Impuesto Sobre La Renta (ISR) la Expedición de CFDI para todos y cada uno de los capítulos que gravan ingresos de Personas Físicas que van desde Sueldos, Honorarios, Actividad Empresarial, Arrendamiento, Enajenación de Bienes, Adquisición de Bienes, Intereses Bancarios, Dividendos y Premios, entre otros.
Ahora la autoridad liquidará y determinará Créditos Fiscales ya no con base en declaraciones Informativas, sino con base en CFDI, y difícilmente podrá ahora perder en litigio fiscal ante una contundente prueba emitida por el propio contribuyente y avalado por su E - FIRMA (Firma Digital).
En forma de mitología, podríamos decir que la autoridad ejercerá sus facultades de revisión, montada en un caballo blanco con alas y el jinete de la justicia fiscal con espada larga de dos filos, con lo que podrán rodar las cabezas evasoras del Régimen Fiscal.
Todavía de manera adicional, la autoridad ahora cuenta con muchos medios alternos de información, del sistema Bancario Nacional e internacional y de información de terceros.
4.- VERSION 3-3.
Las características, objeto, propósito y finalidad del CFDI Versión 3-3, permitirá prácticamente tener un control, de tal manera que la autoridad ya tendrá información oportuna para determinar los pagos provisionales, así como la declaración anual de personas físicas. Se considera que se logrará este cometido antes de que termine el próximo periodo presidencial. Es más, en menos tiempo, tal vez la mitad del periodo indicado, incluye el ISR y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
5.- BIG BROTHER DE PERSONAS FISICAS.
La Autoridad ahora enfocará sus ojos de BIG BROTHER, en las Personas Físicas, a las que antes no les ponía atención, y casi no se les revisó, pues todas las baterías estaban enfocadas en las Personas Morales y en los llamados, Grandes Contribuyentes.
No hay que olvidar que el grueso del padrón Fiscal son Personas Físicas, y el nuevo hallazgo es que la evasión de las Personas Morales, pues evidentemente va a parar a los bolsillos de las Personas Físicas.
6.- LA IGNORANCIA DE LAS LEYES FISCALES NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO.
Aquí, nuestros seres queridos pudieran sufrir un revés por desconocimiento de La Ley Fiscal, como dijo un experto legal: “Un sartenazo en la frente, tan solo por no informar”. Es importante tener presente que arriba de los montos por 600 mil pesos, es necesario presentar sólo como dato estadístico informativo los préstamos, premios, herencias, donaciones, y en caso de no hacerlo, estas partidas y sus montos, pudieran ser considerados como Ingresos Acumulables, y causarían impuestos.
Así estimado lector, Cuidado con la Casa Grande, (y en caso de existir, tambien con la Chica), con papi y mami y el milenio Jr., pues hay que asegurarse que las cantidades que se les otorgan o depositan se declaren como dato informativo, pues sopesan de considerarse como Ingreso, que será base de impuesto.
7.- FINALMENTE, HAGO SIETE RECOMENDACIONES.
1.- Lleve su Contabilidad Personal y registre y documente todos sus traspasos bancarios. Incluya sus cuentas personales.
2.- Tenga precaución al prestar dinero, su pago pudiera considerarse como ingreso, si no lo tiene bien documentado.
3.- Asegúrese que usted y sus seres queridos declaren datos estadísticos solicitados por la autoridad.
4.- No maneje efectivo y menos lo deposite.
5.- Cubra sus tarjetas de crédito con ingresos declarados fiscalmente.
6.- Cuidado, no erogue más de lo que declare, para no caer en el supuesto de la Discrepancia Fiscal.
7.- Declare sus impuestos, ya hay un cambio de época, haga patrimonio de la eficiencia y eficacia de su negocio.
Convénzase, estamos ya en un mundo diferente.
Fuente: El Financiero




